Las Aguas Superficiales
Inicialmente la Comunidad de Regantes de Pedralba poseía concesión de aguas superficiales, mediante resolución de la Confederación Hidrográfica del Júcar de fecha 8 de Octubre de 1.987 y por prescripción por Acta de Notoriedad a favor de la Comunidad de fecha 7 de enero de 1.960 y O. M. de 9 de octubre de 1.968. Dicha Comunidad posee varias concesiónes, gestionándose, cada una de ellas, independientemente.
A raíz de una denuncia interpuesta por la Confederación Hidrográfica del Júcar, se detecto que la concesión descrita en la Sección A - Tomo 1 - Folio 78, en su apartado de observaciones no estaba descrita la Acequia del Oliveral, ni su zona regable, siendo esta zona de la misma fecha que el resto de la zona regable de la Comunidad de Regantes de Pedralba.
En cuanto a la Acequia del Oliveral, era gestionada por la S.A.T. n° 863 ACEQUIA OLIVERAL, es continuidad del Grupo Sindical de Colonización n0 1.074, según certificado del Instituto de Relaciones Agrarias, extendido en Madrid, en fecha 7 de julio de 1.982.
Por escrito de la Delegación Provincial de Sindicatos de 21 de marzo de 1.960, se tiene constancia de los daños sufridos en las instalaciones por la riada del año 1.957, y en las cuales se tuvo que cambiar la ubicación de la caseta del motor, así como acometer la toma de aguas de la acequia madre, puesto que la anterior ubicación desapareció bajo el curso de las aguas, al variar estas el curso.
En fecha de 25 de abril de 1.962 y mediante escrito con registro de salida n° 3.213, por parte de la Confederación Hidrográfica del Júcar, se efectúa requerimiento al entonces Grupo de Colonización n° 1.074, para que procediera a la legalización de la toma de aguas de la Acequia Mayor.
Dichos trámites fueron llevados a cabo entre los años 1.963 y 1.964, según se justifica en el proyecto técnico presentado y fechado en noviembre de 1.964 por el Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de Valencia.
En fecha 9 de julio de 1.985, en escrito de la Comisaría de aguas del Júcar, con registro de salida n° 5.774, se hacia constar denuncia por la toma de las aguas de la acequia madre de Pedralba, que fue contestada por la S.A.T. n° 863 en escrito de fecha 1 de agosto de 1.985.
En la captación del Oliveral, existía una caseta donde se transformador y el grupo motobomba, capaz de elevar entre 3.500 y 4.000 suficiente para que por gravedad se regara su zona de riego, una vez descargada en la torre de descarga situada en la zona de la Ermita de Lujan a unos 60 metros de desnivel con respecto a la captación.
Estas instalaciones eran muy antiguas y el paso de los años las habían deteriorado hasta el punto de ser un peligro para el personal que tenía que hacer las labores de arranque y parada de las bombas y actuar sobre los transformadores, por ello se procedió a su renovación junto con el cambio de sistema de riego a riego localizado.
Es de especial atención el estado de la torre de descarga, que situada muy cerca de la carretera de Pedralba a Villamarchante y con síntomas evidentes de aluminosis, amenazaba con el derrumbe, por lo que se procedio a su demolición.
En la actualidad la zona de riego del Oliveral, se ha modernizado y se han trasformado a riego localizado, siendo en su momento necesario dotar a la zona de riego de una presión de más de 25 mea en el punto mas desfavorable. Para ello se pensó en la utilización de la balsa de la S.A.T. n° 749 POZOS EL PALMERAL ya que por cota cumplia con los requisitos para dotar de pensión mínima a la zona.
Debido a la escasa superficie que tenía la parcela donde se ubicaba el transformador y el grupo motobomba antiguo, fue necesario la adquisición de la parcela contigua para poder construir una nave en cuyo interior se ubicara el sistema de filtrado de las aguas de la acequia (necesario para el riego localizado) y el grupo de presión, que en este caso se dispuso de dos bombas de 270 CV, capaces de elevar los 5.989 l/min hasta 135 m de altura manométrica, los existentes hasta el deposito, contando todas las pérdidas existentes. También se procedió a la instalación de un centro transformador junto a la nave.
La captación de la acequia solo se modernizó con la incorporación de una compuerta motorizada en lugar de la compuerta manual, y está situada en la misma zona donde se ubicaba la anterior compuerta ( existe una diferencia de 30 cm entre la anterior ubicación y la actual). La captura de agua una vez cerrada la compuerta se realiza por conducción de PVC enterrada hasta la zona de relevación en el interior de la nave. Antiguamente se hacia igualmente desde el interior de la caseta de bombeo.
El uso y distribución de estas aguas superficiales desde el año 2003 se realiza a través de las infraestructuras y sistemas de gestión de la SAT El Palmeral (ahora, Comunidad de Regantes El Palmeral), que acordó en el año 2003 integrar a los socios del Oliveral.
En el año 2017 se aprobó la separación de la zona regable del Oliveral (expediente 2009RC0012), de la Comunidad de Regantes de Pedralba, al amparo del art.202.1 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico y la anexión de la zona regable del Oliveral a la Comunidad de Regantes El Palmeral de Pedralba